Abierta Cierra en 122 días · 31 dic 2026

Convocatoria de Subvenciones Institucionales por Procedimiento de Concurrencia No Competitiva para la Asistencia a Competiones Deportivas Desarrolladas Fuera de la Ciudad de Melilla para el Ejercicio 2026

CONSEJERÍA DE EDUCACIÓN, JUVENTUD Y DEPORTES · CIUDAD AUTÓNOMA DE MELILLA · AUTONOMICA
Lo esencial, en claro

Resumen elaborado por Summum a partir de la convocatoria oficial. No sustituye a las bases: ante cualquier duda, prevalece el texto publicado.

01

Qué es

Ayuda de la Ciudad Autónoma de Melilla, tramitada por la Consejería de Educación, Juventud y Deportes, para sufragar los gastos que supone a clubes y entidades deportivas melillenses acudir a competiciones oficiales celebradas fuera de la ciudad. Se concede de forma directa, sin concurrencia competitiva, con una dotación total de 935.000 euros para 2026, y se rige por el Decreto nº 99, de 24 de julio de 2017.

02

Para quién

Personas jurídicas sin actividad económica: clubes, federaciones y entidades deportivas de Melilla encuadradas en actividades deportivas (CNAE 93.1) o en otras actividades recreativas y de entretenimiento (CNAE 93.2) que participen en competiciones fuera de la ciudad.

03

Qué cubre

Los gastos derivados de la asistencia y participación en competiciones deportivas oficiales que se celebran fuera de Melilla; las partidas concretas subvencionables las fija el Decreto 99/2017, que regula esta línea.

04

Cómo se pide

La convocatoria es de concesión directa, gestionada por la Consejería de Educación, Juventud y Deportes de Melilla. El plazo y el procedimiento exactos son los que fijen las bases (Decreto 99/2017); conviene confirmarlos con el propio órgano convocante.

Beneficiarios

PERSONAS JURÍDICAS QUE NO DESARROLLAN A…

Sectores (CNAE)

Actividades deportivasOtras actividades recreativas y de entr…

Qué papeles vas a necesitar

Estos son los requisitos habituales, no la lista oficial de esta convocatoria: todavía no la hemos extraído de sus bases, y no vamos a decirte que la tenemos si no la tenemos. Confírmalos en las bases oficiales de esta convocatoria.

  • Identificación del solicitante

    NIF de la empresa o DNI del autónomo, y escritura de constitución si es sociedad.

  • Poder de representación

    Quien firma tiene que poder firmar: poder notarial o certificado de representante.

  • Estar al corriente con Hacienda

    Certificado de la AEAT. Caduca a los seis meses, así que no lo pidas demasiado pronto.

  • Estar al corriente con la Seguridad Social

    Certificado de la TGSS. Una deuda aplazada suele valer, pero hay que declararla.

  • Memoria del proyecto

    Qué vas a hacer, para qué, con qué calendario y qué resultados esperas. Es lo que de verdad puntúa.

  • Presupuesto detallado

    Facturas proforma o presupuestos de los proveedores, desglosados por partida.

  • Declaración de otras ayudas (de minimis)

    Las ayudas que ya has recibido en los tres últimos ejercicios. Ocultarlas es motivo de reintegro.

  • Certificado de titularidad bancaria

    La cuenta donde te ingresarían la ayuda, a nombre del solicitante.

Y después, justificar

Conceder no es cobrar. Aquí es donde se pierden los expedientes ya ganados: si los gastos no cuadran o se pasa el plazo de justificación, hay que devolver el dinero con intereses. Nadie más te avisa de esto.

  • Facturas y justificantes de pago

    La factura sola no vale: hace falta el justificante de que está PAGADA, y dentro del periodo subvencionable.

  • Memoria económica

    La relación clasificada de gastos, cuadrada al céntimo con el presupuesto aprobado.

  • Memoria de actuación

    Qué hiciste de verdad, frente a lo que dijiste que harías. Las desviaciones hay que explicarlas.

  • Publicidad de la financiación

    Muchas convocatorias obligan a decir públicamente que el proyecto está subvencionado. Olvidarlo cuesta el reintegro.

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Preguntas frecuentes

¿Hasta cuándo se puede solicitar?

El plazo está abierto y se puede solicitar hasta el 31 dic 2026, es decir, quedan 122 días. Ante cualquier duda prevalece el plazo publicado en las bases oficiales.

¿De cuánto es la ayuda?

Según los datos oficiales, el importe asociado a esta convocatoria es de 935.000 €. Consulta en las bases el detalle y los límites por beneficiario.

¿Quién puede solicitarla?

Personas jurídicas sin actividad económica: clubes, federaciones y entidades deportivas de Melilla encuadradas en actividades deportivas (CNAE 93.1) o en otras actividades recreativas y de entretenimiento (CNAE 93.2) que participen en competiciones fuera de la ciudad. Revisa los requisitos completos en las bases oficiales.

¿Cómo se solicita?

La convocatoria es de concesión directa, gestionada por la Consejería de Educación, Juventud y Deportes de Melilla. El plazo y el procedimiento exactos son los que fijen las bases (Decreto 99/2017); conviene confirmarlos con el propio órgano convocante.