Abierta Cierra en 40 días · 30 oct 2026

Convocatoria para la concesión de subvenciones para los premios, becas y ayudas a la edición en materia de medio ambiente “Felix de Azara” 2026

DIPUTACIÓN PROVINCIAL DE HUESCA · DIPUTACIÓN PROV. DE HUESCA · LOCAL
Lo esencial, en claro

Resumen elaborado por Summum a partir de la convocatoria oficial. No sustituye a las bases: ante cualquier duda, prevalece el texto publicado.

01

Qué es

Subvenciones convocadas por la Diputación Provincial de Huesca para financiar premios, becas y ayudas dirigidas a la edición y publicación de obras relacionadas con cuestiones de medio ambiente. Se asignan mediante concurrencia competitiva, siendo la dotación total disponible de 37.000 euros. La convocatoria se regula conforme a la Ordenanza general por la que se aprueban las bases reguladoras para la concesión de subvenciones por la Diputación Provincial de Huesca, que establece los criterios de valoración y requisitos para participar.

02

Para quién

Personas jurídicas que no desarrollan actividad económica: entidades sin ánimo de lucro, asociaciones, fundaciones y otras organizaciones públicas o privadas que cumplen con este requisito de no lucratividad.

03

Qué cubre

Financiación de premios, becas y ayudas destinadas a la edición, publicación y difusión de obras, estudios y contenidos relacionados con temas de medio ambiente y sostenibilidad ambiental.

04

Cómo se pide

Presentación de solicitud ante la Diputación Provincial de Huesca conforme a los requisitos y procedimiento establecido en las bases reguladoras. Período de vigencia: 27 de enero a 30 de octubre de 2026. Plazos y modalidades según el plazo que fijen las bases.

Beneficiarios

PERSONAS JURÍDICAS QUE NO DESARROLLAN A…

Sectores (CNAE)

Administración pública y de la política…

Qué papeles vas a necesitar

Estos son los requisitos habituales, no la lista oficial de esta convocatoria: todavía no la hemos extraído de sus bases, y no vamos a decirte que la tenemos si no la tenemos. Confírmalos en las bases oficiales de esta convocatoria.

  • Identificación del solicitante

    NIF de la empresa o DNI del autónomo, y escritura de constitución si es sociedad.

  • Poder de representación

    Quien firma tiene que poder firmar: poder notarial o certificado de representante.

  • Estar al corriente con Hacienda

    Certificado de la AEAT. Caduca a los seis meses, así que no lo pidas demasiado pronto.

  • Estar al corriente con la Seguridad Social

    Certificado de la TGSS. Una deuda aplazada suele valer, pero hay que declararla.

  • Memoria del proyecto

    Qué vas a hacer, para qué, con qué calendario y qué resultados esperas. Es lo que de verdad puntúa.

  • Presupuesto detallado

    Facturas proforma o presupuestos de los proveedores, desglosados por partida.

  • Declaración de otras ayudas (de minimis)

    Las ayudas que ya has recibido en los tres últimos ejercicios. Ocultarlas es motivo de reintegro.

  • Certificado de titularidad bancaria

    La cuenta donde te ingresarían la ayuda, a nombre del solicitante.

Y después, justificar

Conceder no es cobrar. Aquí es donde se pierden los expedientes ya ganados: si los gastos no cuadran o se pasa el plazo de justificación, hay que devolver el dinero con intereses. Nadie más te avisa de esto.

  • Facturas y justificantes de pago

    La factura sola no vale: hace falta el justificante de que está PAGADA, y dentro del periodo subvencionable.

  • Memoria económica

    La relación clasificada de gastos, cuadrada al céntimo con el presupuesto aprobado.

  • Memoria de actuación

    Qué hiciste de verdad, frente a lo que dijiste que harías. Las desviaciones hay que explicarlas.

  • Publicidad de la financiación

    Muchas convocatorias obligan a decir públicamente que el proyecto está subvencionado. Olvidarlo cuesta el reintegro.

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Preguntas frecuentes

¿Hasta cuándo se puede solicitar?

El plazo está abierto y se puede solicitar hasta el 30 oct 2026, es decir, quedan 40 días. Ante cualquier duda prevalece el plazo publicado en las bases oficiales.

¿De cuánto es la ayuda?

Según los datos oficiales, el importe asociado a esta convocatoria es de 37.000 €. Consulta en las bases el detalle y los límites por beneficiario.

¿Quién puede solicitarla?

Personas jurídicas que no desarrollan actividad económica: entidades sin ánimo de lucro, asociaciones, fundaciones y otras organizaciones públicas o privadas que cumplen con este requisito de no lucratividad. Revisa los requisitos completos en las bases oficiales.

¿Cómo se solicita?

Presentación de solicitud ante la Diputación Provincial de Huesca conforme a los requisitos y procedimiento establecido en las bases reguladoras. Período de vigencia: 27 de enero a 30 de octubre de 2026. Plazos y modalidades según el plazo que fijen las bases.