Cerrada Hasta 31 jul 2026

Subv 2025-2026 dirigida a asociaciones, federaciones y confederaciones del sector comercio para financiar proyectos de dinamización comercial, convocadas por Resolución de 5 de noviembre de 2025

SECRETARÍA GENERAL DE ECONOMÍA, EMPRESA Y COMERCIO · EXTREMADURA · AUTONOMICA
Lo esencial, en claro

Resumen elaborado por Summum a partir de la convocatoria oficial. No sustituye a las bases: ante cualquier duda, prevalece el texto publicado.

01

Qué es

Línea de ayudas de la Junta de Extremadura, gestionada por la Secretaría General de Economía, Empresa y Comercio, para que asociaciones, federaciones y confederaciones del sector comercio pongan en marcha proyectos conjuntos de dinamización comercial. Se tramita como concesión directa, sin concurrencia competitiva, al amparo del Decreto 130/2024, de 15 de octubre, sobre fomento del comercio mediante acciones agrupadas en la región. El registro recoge una dotación de 500.000 euros para la convocatoria 2025-2026.

02

Para quién

Asociaciones, federaciones y confederaciones del sector comercio en Extremadura: entidades sin actividad económica propia (personas jurídicas que no desarrollan actividad económica) vinculadas a organizaciones empresariales, profesionales o patronales del comercio.

03

Qué cubre

Financia proyectos agrupados de dinamización comercial que estas entidades desarrollen conjuntamente, dentro del marco del Decreto 130/2024 sobre fomento del comercio en Extremadura. El registro no detalla el desglose de gastos subvencionables ni el porcentaje de ayuda por proyecto.

04

Cómo se pide

La convocatoria permanece abierta hasta el 31 de julio de 2026. Al ser concesión directa, no hay plazo de presentación en concurrencia abierta: el procedimiento lo fija el Decreto 130/2024 y la resolución de convocatoria de la Junta de Extremadura.

Beneficiarios

PERSONAS JURÍDICAS QUE NO DESARROLLAN A…

Sectores (CNAE)

Actividades de organizaciones empresari…

Qué papeles vas a necesitar

Estos son los requisitos habituales, no la lista oficial de esta convocatoria: todavía no la hemos extraído de sus bases, y no vamos a decirte que la tenemos si no la tenemos. Confírmalos en las bases oficiales de esta convocatoria.

  • Identificación del solicitante

    NIF de la empresa o DNI del autónomo, y escritura de constitución si es sociedad.

  • Poder de representación

    Quien firma tiene que poder firmar: poder notarial o certificado de representante.

  • Estar al corriente con Hacienda

    Certificado de la AEAT. Caduca a los seis meses, así que no lo pidas demasiado pronto.

  • Estar al corriente con la Seguridad Social

    Certificado de la TGSS. Una deuda aplazada suele valer, pero hay que declararla.

  • Memoria del proyecto

    Qué vas a hacer, para qué, con qué calendario y qué resultados esperas. Es lo que de verdad puntúa.

  • Presupuesto detallado

    Facturas proforma o presupuestos de los proveedores, desglosados por partida.

  • Declaración de otras ayudas (de minimis)

    Las ayudas que ya has recibido en los tres últimos ejercicios. Ocultarlas es motivo de reintegro.

  • Certificado de titularidad bancaria

    La cuenta donde te ingresarían la ayuda, a nombre del solicitante.

Y después, justificar

Conceder no es cobrar. Aquí es donde se pierden los expedientes ya ganados: si los gastos no cuadran o se pasa el plazo de justificación, hay que devolver el dinero con intereses. Nadie más te avisa de esto.

  • Facturas y justificantes de pago

    La factura sola no vale: hace falta el justificante de que está PAGADA, y dentro del periodo subvencionable.

  • Memoria económica

    La relación clasificada de gastos, cuadrada al céntimo con el presupuesto aprobado.

  • Memoria de actuación

    Qué hiciste de verdad, frente a lo que dijiste que harías. Las desviaciones hay que explicarlas.

  • Publicidad de la financiación

    Muchas convocatorias obligan a decir públicamente que el proyecto está subvencionado. Olvidarlo cuesta el reintegro.

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Preguntas frecuentes

¿Todavía se puede solicitar?

No. El plazo de solicitud finalizó el 31 jul 2026 y las solicitudes presentadas fuera de plazo se inadmiten. Sí se podía solicitar: lo que ha pasado es que el plazo se ha cerrado. Muchas convocatorias se repiten cada año, así que comprueba en las bases oficiales si hay nueva edición (o pídenos que te avisemos).

¿De cuánto es la ayuda?

Según los datos oficiales, el importe asociado a esta convocatoria es de 500.000 €. Consulta en las bases el detalle y los límites por beneficiario.

¿Quién puede solicitarla?

Asociaciones, federaciones y confederaciones del sector comercio en Extremadura: entidades sin actividad económica propia (personas jurídicas que no desarrollan actividad económica) vinculadas a organizaciones empresariales, profesionales o patronales del comercio. Revisa los requisitos completos en las bases oficiales.